Archivos de la categoría ‘Guía práctica’
Publicado por Matias Torres - 21/07/10 a las 09:07:42 pm

¿Necesita dinero? Si no cuenta con los euros suficientes para hacer un viaje, reformar la casa, financiar sus estudios o cambiar el coche, una de las opciones que ofrecen los bancos y cajas de ahorro es solicitar un préstamo.
Sin embargo, nos bombardean con tanta publicidad y números que solemos perdernos. Por eso, calcular un préstamo nos permitirá conocer cuanto vamos a pagar por este producto.
Pero ¿cómo calculo el préstamo? Aquí le permitimos simular su préstamo y además, consultar con los especialistas sobre el importe, losd tipos de interés, los plazos y las comisiones que deberemos tener en cuenta.
Si necesita calcular un préstamo en particular, le ofrecemos algunas alternativas como:
Calcular hipoteca
Calcular prestamo coche
Calcular prestamos personales
Publicado por Matias Torres - 20/07/10 a las 10:07:54 pm

Las entidades financieras durante los últimos meses han impulsado la financiación de vehículos. Los mejores préstamos para coches y las opciones más atractivas para motos se comercializan con tipos de interés muy seductores.
Sin embargo, a la hora de calcular cuanto nos costará un préstamo de coche, no sólo debemos tener en cuenta el tipo de interés, sino también si nos obligan a contratar un seguro, o si requieren de que tengamos la nómina domiciliada en la entidad.
Muchas veces es importante, antes de contratar un préstamo de coche, consultar a los especialistas, para tomar la mejor de las ofertas. Para no tomar el camino equivocado, regístrese y podrán preguntar a nuestros expertos todo sobre préstamos para coches.

Publicado por Matias Parra - 14/04/10 a las 03:04:14 am

Con la actual situación que vive por estos días la economía española, principalmente por las altas tasas de paro, es muy común encontrar casos en los que las personas se ven incapaces de hacer frente a sus obligaciones. Una de las más frecuentes es la deuda que se contrae con la seguridad social, seguramente la más importante y una de las más difíciles de cancelar una vez que se han aplazado los pagos.
Lo primero que se debe saber es que tanto en seguridad social como en los préstamos no todas las deudas son aplazables, es decir que no siempre que nos veamos imposibilitados de pagar podremos gestionar un aplazo.
En todos los casos la única persona capaz de tramitar una prórroga es el titular del compromiso contraído, pudiendo éste presentar el pedido en el momento que quiera, aunque lo más aconsejable es hacerlo de modo inmediato.
El segundo punto a tener en cuenta es que se deberá presentar en tiempo y forma la documentación que la entidad financiera (en caso de créditos) o la Administración (en caso de Seguridad Social) lo requiera, que por lo general son los contratos de la financiación con todas las condiciones financieras aceptadas o con los correspondientes certificados que acrediten que la deuda existe.
Por último, se debe alegar los motivos por los cuales el solicitante se ve incapaz de de anular el monto adeudado.
Una vez hecha la gestión se debe esperar por la resolución final que tenga el consejo directivo de la caja de ahorro, banco o ente que haya facilitado el capital o bien, de la Administración de la TGSS que en su defecto tardará en dar el fallo aproximadamente unos tres meses.
Publicado por Mariano - 14/08/09 a las 03:08:57 am
En un mundo que se debate entre el pasado y el futuro, el presente ofrece posibilidades para quienes quieren las cosas como se hacían antes y para aquellos que buscan la mayor comodidad.
De este modo, los interesados en solicitar un crédito pueden acercarse a una oficina de un banco o caja, esperar a ser atendido y que le informen los requisitos necesarios para pedirlo.
Y aquellos que no poseen el tiempo necesario o simplemente evitan acercarse a las oficinas, las esperas y el contacto personal, tienen la posibilidad de realizar la operación vía Internet.
Cada vez son más los bancos que operan por esta vía y la venta de préstamos se incrementó, por la comodidad y por sus beneficios económicos, ya que en algunos casos las tasas y los gastos administrativos son menores, producto de que las entidades crediticias, al vender con oficinas virtuales, necesita menos empleados, menos gastos, menos infraestructura y optimiza mucho mejor sus tiempos.
¿Cómo solicitar un préstamo por Internet? Como ejemplo tomaremos a la página Web de la Caja Duero y su manejo:
Informar:
OFICINA DE CONTACTO
• Provincia
• Población
• Oficina
DATOS PERSONALES
• NIF
• Nombre
• Apellido 1
• Apellido 2
• Sexo
• Nacionalidad
• Fecha de nacimiento
DOMICILIO DE RESIDENCIA
• Dirección
• Número
• Localidad
• Código postal
• Provincia
• País
OTROS DATOS
• E-mail
• Teléfono
• Horario de contacto
• Teléfono laboral
• Teléfono móvil
• Fax
• Profesión
• Estado civil
• Régimen económico
• Cantidad de personas a cargo
Informar:
DATOS PROFESIONALES
• Tipo de préstamo
• Actividad
Trabajadores por cuenta propia
• Tipo de actividad
• Nombre comercial
• Domicilio de la empresa
• % de participación
• Cantidad de empleados
• Facturación último ejercicios
• Ingresos netos anuales
Trabajadores por cuenta ajena
• Nombre de la empresa
• Antigüedad en años
• Tipo de contrato
• Fecha inicio contrato
• Fecha fin contrato (si fuera temporal)
• Ingresos fijos anuales
• Ingresos variables anuales
Informar:
DATOS ECONÓMICOS Y DE LA OPERACIÓN
• Descripción del capital inmobiliario
• Rendimiento del capital inmobiliario
• Descripción de otros ingresos
• Rendimiento de otros ingresos
GASTOS POR PRÉSTAMOS
• Descripción otras hipotecas
• Gastos fijos anuales otras hipotecas
• Descripción otros préstamos
• Gastos fijos anuales otros préstamos
• Descripción otros gastos
• Otros gastos fijos anuales
DATOS DE LA OPERACIÓN
• Importe préstamo
• Plazo de pago (amortización)
• Destino
• Importe estimado de la inversión
Informar:
DATOS PATRIMONIALES
Por cada bien patrimonial:
• Tipo de bien
• Descripción / ubicación
• Titularidad del bien
• % de propiedad
• Cargas
• Valor neto
La página informa que recibió la información necesaria y que se comunicará a la brevedad con el solicitante.
Publicado por Mariano - 12/08/09 a las 04:08:10 am

Cuando uno analiza las mejores propuestas para tomar un crédito, decide finalmente en qué entidad lo solicitará y presenta toda la documentación. Luego de esos pasos, falta lo principal: que el banco nos lo otorgue. Un detalle no menor.
Se supone que si el banco o caja nos solicitó la documentación y que cumplamos una serie de requisitos es porque más de la mitad del préstamo estaría aprobado, pero es sólo una suposición, ya que la entidad deberá definir si nos da el dinero o no.
¿Qué evalúa de nosotros la institución bancaria? Además de información como nuestra aparición en registros como Equifax o RAE, otra que se analiza subjetivamente es:
- El monto, la estabilidad y el cumplimiento de periodicidad de nuestros ingresos, los cuales serán muy bien tenidos en cuenta si son altos, fijos y no hay atrasos en la acreditación mes tras mes.
- Nuestra situación financiera al momento de solicitar el dinero, siendo importante no tener muchos prestamos o límites de tarjetas de crédito, y si se los tiene estar al día y no haber inferido en atrasos.
- Poseer la nómina domiciliada en esa entidad: esto suma puntos a favor nuestro. Lo mismo sucede si uno presenta avalistas individuos (sean internos o externos), si los históricos de préstamos anteriores están limpios y, mucho mas, si no hemos estado en listado de morosos.
- Si uno es profesional, lo ideal es tener ingresos mayores a los mínimos sugeridos.
- Como ya hemos dicho en notas relacionadas, las cuotas que se abonarán en forma mensual no deben exceder el 40% de nuestro ingreso fijo.
Aún cumpliendo con estos requisitos, la entidad será quien defina finalmente si otorgará el crédito, y esto depende mucho de cada banco, de acuerdo a la rigurosidad que tenga.
No es casualidad que los bancos y cajas más exigentes suelan ser los que menos índices de mora y atrasos tengan en sus carteras, pero bueno, cada uno elige si quiere prestar mucho y riesgoso; o poco y seguro.
Publicado por admin - 07/08/09 a las 11:08:53 am
Necesito Dinero. Esta es una de las frases más repetidas en los últimos tiempos. La crisis está haciendo que muchas familias empiecen a tener problemas para llegar a fin de mes y busquen fórmulas alternativas para conseguir dinero.
Existen diferentes formas de conseguir dinero. La más común es el trabajo, pero en estos tiempos no la practica quien quiere sino quien puede. La tasa de paro en España es una de las más altas de la Unión Europea y parece que el problema del desempleo no se solucionará a corto plazo. Además, quien necesita dinero seguramente ya ha contemplado esta primera opción tanto como asalariado, autónomo e incluso, por qué no, como emprendedor.
Por fortuna el trabajo no es la única vía para conseguir dinero. Existen muchas otras, aunque casi todas están relacionadas con el endeudamiento. Como es lógico, no todas son igual de recomendable, por lo que podemos hablar de buenas y malas formas de conseguir dinero según la siguiente clasificación:
- Acudir a tu fondo para emergencias. La primera y más lógica, aunque muchas personas que necesitan dinero ya han recurrido a esta medida.
- Vender parte de tus inversiones no relacionadas con la jubilación. También lógico, aunque antes de llevarla a cabo conviene tener en cuenta las implicaciones fiscales (las rentas del ahorro tributan al 18%).
- Acudir a amigos y familiares. No todo el mundo puede o quiere hacerlo. En cualquier caso debería estar entre las primeras de la lista aunque sólo sea desde un punto de vista exclusivamente financiero. ¿Quien puede resistirse a un crédito al 0%?
- Liquidar los depósitos. Es una formula muy rápida de disponer de capital, pero en la mayoría de casos implicará perder el beneficio que estos iban a generar. Por otra parte los que más necesitados estén seguro que ya han recurrido a esta estrategia.
- Liquidar la póliza del seguro de vida es una opción que supondrá la pérdida de buena parte de los intereses pero que no aumentará tu deuda. Además, no está disponible en todos los tipos de seguro de vida.
- Ampliar / Refinanciar el capital préstamo hipotecario. Entramos directamente en el ámbito de la deuda. Antes de pedir un nuevo préstamo cuyas condiciones seguramente serán peores, conviene contemplar esta alternativa. El problema es que no todo el mundo tiene una hipoteca que ampliar y que los bancos también establecerán un límite a la misma.
- Sacar dinero del plan de pensiones. Algunos planes de pensiones permite ’sacar’ algo de dinero con la condición de reintegrarlo en un plazo limitado de tiempo, aunque son los menos.
- Préstamos entre particulares es una medida relativamente extendida en Estados Unidos pero que apenas está comenzando a aflorar en España. Las ventajas radican en que el tipo de interés es incluso menor que el un préstamo personal del banco.
- Solicitar un préstamo personal. Aunque figura en noveno lugar, esta es la primera opción para la mayoría de particulares. En estos casos conviene estudiar bien el mercado para buscar la entidad que mejor se adapte a nuestras condiciones e ir a la primera reunión ‘con los deberes hechos’. Es decir, saber cuál es nuestra capacidad de endeudamiento, cuánto dinero podremos solicitar y las comisiones y gastos que deberemos afrontar (o podremos negociar en su defecto)-
- Finiquitar parte de los planes sistemáticos de ahorro es una de las últimas medidas que deben tomarse. Es lo que comúnmente se conoce como “pan para hoy y hambre para mañana).
- Firmar una hipoteca inversa sólo está disponible para las personas mayores de 65 años que por otra parte no tienen acceso a algunas de las opciones relacionadas con sus planes de pensión. Además, con la caída del mercado inmobiliario las cantidades que se pueden obtener son mucho menores.
- Vender parte del patrimonio. En este punto ya no sólo se trata de los bienes materiales que no se utilizan sino que también puede incluir el coche, antigüedades, obras de arte o joyas.
- ‘Tirar’ de tarjeta de crédito es una de las peores opciones. Puede parecer contradictorio por el amplio uso que se hace de las mismas, pero en realidad las tarjetas de crédito son uno de los sistemas que más intereses cobra, sobre todo si no se conoce exactamente su funcionamiento.
- Solicitar un crédito rápido. Sin duda la peor forma de endeudamiento (a excepción de la última propuesta) por los altos intereses de estos préstamos. Y es que el ‘truco’ aquí reside en mensualidades cómodas pero largos plazos de amortización a intereses que en muchos casos rozan la usura.
- Liquidar todos los planes de pensiones es con mucho una de las peores opciones. Además, la mayoría de planes de pensiones no están sujetos s reembolso.
- Acudir a un prestamista debe de ser la última alternativa. En este sentido conviene tener mucho cuidado con las condiciones del préstamo para evitar caer en la ruina total.
En definitiva, siempre que sea posible conviene pensar cómo endeudarse y buscar dinero antes de ponerse a ello.
Publicado por Mariano - 31/07/09 a las 05:07:41 am

Seguramente lo primero que un interesado en un préstamo personal hará es acercarse a una oficina de un banco o caja para asesorarse. Los que utilizan la tecnología, seguramente buscarán antes por Internet.
Y, ¿qué buscarán? Bueno, seguramente lo principal es la tasa de interés (TAE) que le cobrará esa entidad, pero además:
- Monto que puede obtener
- Monto de la cuota mensual
- Si hay alguna carencia para no comenzar a pagar las cuotas de inmediato
- Plazo en meses
- Comisiones de apertura y estudio
Pero hay algo que el solicitante debe tener muy en cuenta, que es algo que se deja para el final o, en vistas de la necesidad, se deja en segundo plano, y son los derechos que posee como cliente.
Uno de ellos es el de la disponibilidad del crédito en tanto lo vaya pidiendo, en cualquier momento durante el plazo estipulado y en cualquier cantidad dentro del límite acordado, siempre en la forma que se haya pactado en el contrato, sea en efectivo, tarjeta de crédito o cheques, entre otras.
Aunque en algunas entidades no es costumbre, la entrega de una copia del contrato y los formularios que se firman es un derecho que tiene el solicitante. Esto corresponde cuando el préstamo solicitado es para el consumo o cuando el límite del crédito no supera los €60 mil.
Si el crédito será destinado por una persona física para cubrir necesidades personales que no tengan que ver con su labor profesional o empresaria, la entidad deber entregarle una oferta vinculante.
Puede parecer obvio, pero la institución que otorga el préstamo debe entregar al cliente todos los documentos relacionados con la liquidación y sus justificantes de pago. Con ello, además el banco debe otorgar un listado con detalle de los movimientos de la cuenta de crédito.
En caso que el crédito esté directamente relacionado un consumo en particular, sus derechos frente al Banco son los mismos que frente al proveedor del bien o servicio que se financió con el préstamo.
El usuario puede interiorizarse sobre más derechos para créditos y otros productos bancarios en www.bde.es, la web del Banco de España, regulador del sistema.
Publicado por Natalia Monserrat - 31/07/09 a las 04:07:42 am

Los microcréditos que vieron su origen en Bangladesh en la década del 60 llegaron a su punto máximo de esplendor en la actualidad. Son créditos de:
- un importe no muy alto
- con un interés inferior a los préstamos de consumo
- con plazos y cuotas de devolución flexibles
- sin comisiones
- están diseñados para financiar proyectos de autoempleo.
La suma que generalmente va desde los 6.000 a 20.000 euros como préstamo esta orientada a personas que normalmente no pueden acceder a otro tipo de crédito por no tener los avales necesarios como los inmigrantes, hogares monoparentales, desempleados de larga duración o personas que tienen la idea de un negocio viable.
Créditos para mujeres emprendedoras
En mayo de este año se firmó un acuerdo entre Ministerio de Industria, el de Igualdad y la Confederación Española de Cajas de Ahorro para qué empresarias y mujeres que tengan idea de un negocio, tengan o no experiencia, para acceder a estos microcréditos.
Estos créditos no tendrán ningún tipo de comisión ni de apertura, de estudio ni de amortización. El préstamo no podrá superar los 25 mil euros y puede representar hasta el 95% del coste del proyecto.
Además, las beneficiarias podrán solicitar una carencia de 6 meses al comienzo y el periodo de amortización es de 5 años. En relación a los intereses, el tipo fijo será del 6% como máximo y variable a Euribor + 1,50%.
Las mujeres que tengan una hipoteca anterior o son titulares de otros prestamos personales (que no hayan sido solicitados para el mismo negocio por el cual están pidiendo el préstamo), o tengan cargas familiares pueden acceder a estos microcréditos.
Uno de los requisitos que deberán las mujeres emprendedoras cumplir es que hayan iniciado su proyecto en un periodo no mayor a los 3 años anteriores a solicitar el microcrédito. Sólo se podrá extender a 2 años más si el préstamo se solicita para consolidar el negocio y mejorarlo. No será otorgado para refinanciar negocios inviables.
Otro de los requisitos es presentar ante la entidad el certificado de validación emitido por las asociaciones de mujeres y ONG de acción social con las que el Ministerio de Igualdad firmó los acuerdos y el plan de empresa precalificado favorablemente por la Dirección General Política de la Pequeña y Mediana Empresa
Este convenio que tiene vigencia durante un año permitirá la financiación de los proyectos ya sea desde la puesta en marcha, el crecimiento, promoción de los negocios dirigidos por ellas sin que las beneficiarias tengan los avales personales. Otro dato importante es que solo tendrán un mes de resolución.
Publicado por Mariano - 23/07/09 a las 03:07:23 am

No sería nada nuevo aclarar que una persona no puede tomar un préstamo y comprometerse a pagar una cuota mayor a su posibilidad financiera.
Sin embargo, mucha gente mira el árbol y no tiene en cuenta el bosque; toma un préstamo pensando en el hoy pero descuida el mañana al no tener en cuenta cuáles son sus gastos mensuales, que a veces no dejan lugar para el pago del compromiso con el banco. Y es como comprar una sábana corta: tapa una parte al mismo tiempo que destapa otra. Por eso mismo resulta necesario fijar un límite de endeudamiento.
Si bien la entidad financiera, ya sea banco o caja, no puede saber a ciencia cierta cuánto es lo que cada individuo gasta mensualmente, la ley de regulación española no permite que se otorgue un préstamo si la cuota supera el 40% de los ingresos del solicitante. Es decir, cada €1000 que usted tenga como ingresos, la cuota jamás podrá ser superior a €400.
De todos modos, el sentido común debe indicarnos que no debemos tomar una cuota que no sabemos si podríamos pagar, aunque esté dentro del 40% permitido. Generalmente, el porcentaje que debe planearse, a conciencia, es el 35% de los ingresos netos.
Seguros, tarjetas de crédito, hipoteca, alimentos, impuestos, servicios, colegio de los niños… varios ítems aparecen en nuestra lista de gastos mensuales, los cuales debemos afrontar durante casi todos los meses del año.
Al sumarle la cuota de un nuevo crédito, ésta debe encajar entre los desembolsos con comodidad, y el tener ingresos fijos ayuda a este cálculo, ya que las posibilidades de que disminuya la entrada de dinero son mínimas.
La obligación que contrae el solicitante deberá ser cumplida mes a mes indefectiblemente durante los años de plazo acordado, por lo que se considera saludable, previo a la solicitud, hacer un presupuesto, es decir el ejercicio de sumar todos los gastos fijos mensuales y ver que el dinero sobrante alcance para pagar la cuota asumida.
No se trata de engañar al banco, sino de no auto engañarse porque el que perderá en definitiva es el tomador del crédito.
Publicado por Mariano - 22/07/09 a las 05:07:41 am

El contrato de préstamos es el documento entre la entidad financiera que lo otorga y el/los solicitantes, en donde se marcan todas las pautas que regirán la operación entre ambas partes, impuestas por el banco bajo la regulación de la ley y el BCE y aceptadas por el cliente desde el momento en que estampa su firma.
Allí encontraremos que se establecen las obligaciones de ambos recíprocamente: la entidad debe entregar el capital acordado prepactado al solicitante y éste, aunque resulte obvio, tiene la obligación de abonar los gastos administrativos, sumado al capital otorgado y a los intereses correspondientes de la mano de la tasa a la cual se efectúe el crédito.
Si bien este contrato, sumado a la documentación que solicita la institución financiera y a los requisitos de ingresos mínimos o inexistencia en registros de morosos, ayudaría a que la deuda contraída se salde, nada le puede asegurar al banco o caja que ese cliente abonará las cuotas en tiempo y forma. Lo que sí asegura es que, tarde o temprano, quiera o no, el deudor deberá pagar el saldo, ya sea por un acuerdo con el banco o a través de un estudio jurídico.
Algunos puntos a tener en cuenta:
Además de que le será útil para acelerar los trámites de aprobación y que el banco le tenga una confianza extra, el solicitante del crédito deberá “blanquear” su situación con otros préstamos o tarjetas de crédito; al mismo tiempo que le servirá informar de los bienes o inversiones que posea y, especialmente, si cuenta con un seguro de vida.
Si su salario es inferior al salario mínimo profesional establecido por el gobierno, no podrá tomar un crédito, puesto que éstos no pueden ser embargados. En el otro extremo, si sus ingresos son elevados y posee una estabilidad y antigüedad laboral, posiblemente no tenga que presentar un avalista.
Cualquier sea el caso, si Ud. piensa que obtendrá algún beneficio dejando de pagar, olvídelo: cuando se ingresa en un estado de morosidad, le entidad que otrorgó el crédito acudirá a la justicia, la cual procederá a embargar sus salario, sus inmuebles y todo lo que sea pasible.
Mientras tanto, los intereses seguirán corriendo, se incrementarán y se sumarán a su deuda, conjuntamente con las costas judiciales. En paralelo, Ud. deberá depositar dinero en el Banco de España.
Al mismo tiempo, tenga en cuenta que todos los préstamos son registrados en la Central de Información de Riesgo del Banco de España (CIRBE). No osbtante, y es importante que lo sepa, ninguna entidad puede consultar información del cliente sin antes haber recibido una autorización por escrito del mismo.